BOFETÓN EN TÓDOLOS MORROS DA RFEF A JAVIER TEBAS CON CARTAS A ÉL O CSD, AFE, DEPORTIVO E NUMANCIA FREANDO AS MANIPULACIÓNS DE TEBAS E A SUA CAMARILLA, (Cartas o completo).

 

CARTA A JAVIER TEBAS TAMÉN REMITIDA A DEPORTIVO E NUMANCIA

bofetónSr. Javier Tebas
Presidente
Liga Nacional de Fútbol Profesional
C.C.: R.C. Deportivo de La Coruña
C.D. Numancia
AFE
Estimado Presidente:
Permítame iniciar este escrito dicíendole que no salgo de mi asombro al leer el
contenido de la carta que nos envía en relación con el sorteo. Leyendo esta carta y el
conjunto de los últimos escritos y comunicados de su autoría, me permito sin ningún
tipo de acritud, recomendarle o aconsejarle que ponga un poco de calma en su estado
de ánimo. Tranquilicese por favor, será bueno para usted, para su salud y será bueno
para el fútbol.
Usted debería haber reflexionado un poco antes de enviar la carta y permítame indicarle
que quizás hubiera sido conveniente leerla dos veces antes de enviarla. No podemos dar
crédito que nos diga que le digamos al Comité de Competición que se declare no
competente sobre la petición realizada por un club miembro de esta Federación.
Desconocemos completamente si usted da este tipo de indicaciones a su Juez de
Disciplina Social (sería totalmente deseable que no fuera así), lo que sí le puedo indicar
es que absolutamente nada le vamos a decir y menos indicar a los miembros del Comité
de Competición de lo que usted nos plantea.
Le ruego respete al Comité de Competición y deje que hagan su trabajo y es inverosimil
que se dirija al Comité cuando dicho órgano no le ha solicitado alegación alguna. Si fuere
el caso y en el momento que se le indique, y si así lo acuerda el Comité podrá presentar
las alegaciones que considere pertinentes. Es inaudito que ejerza tal tipo de presiones
antes de que nada de esto suceda. Sepa que en la RFEF este tipo de actuaciones no
forman parte de la dinámica institucional. Desconocemos si esta es la dinámica es la
entidad que preside, pero desde luego en esta RFEF no se van a tolerar.
Además, le adjunto carta enviada al Director General del CSD con copia a usted, donde
por las razones en la misma expuestas esta RFEF no puede autorizar el calendario de
competición propuesto por la LNFP, mientras no se resuelvan, por parte del CSD, los
conflictos planteados y mientras las autoridades competentes no garanticen la opción
de iniciar las competiciones oficiales de fútbol de ámbito estatal en su conjunto.
Todos los/as jugadores/as de fútbol con contrato de trabajo deben tener el mismo
derecho a poder ejercer su profesión.
En el momento en que exista una garantía por parte de los poderes públicos
competentes de poder iniciar las competiciones oficiales, la RFEF estudiará el
calendario.
Por último, absténgase de cometer ilegalidad o irregularidad alguna con el sorteo de las
competiciones de Primera y Segunda División de las competiciones oficiales de fútbol
en España.
Se lo digo con claridad meridiana, esta RFEF no va a reconocer cualquier simulacro de
sorteo que se organice desde la LNFP y no sólo no lo va a reconocer, ni tendrá valor
alguno, sino que además le anuncio que en el supuesto en que organice un sorteo “no
oficial” de las competiciones oficiales de futbol en España va a ser inmediatamente
denunciado por fraude en las competiciones ante el CSD y ante los organismos
internacionales del fútbol. Sepa que cualquier simulacro de sorteo que organice no
tendrá absolutamente ninguna validez en las competiciones oficiales del futbol español.
La RFEF desarrollará el sorteo de las competiciones, como única entidad que puede
hacerlo, en el momento en que pueda desarrollarse de acuerdo con la normativa vigente
y en el momento en que tenga decidida la fecha en que va a celebrarse el sorteo se lo
comunicará de inmediato como no puede ser de otra manera.
Por cierto, le indico que a fecha de hoy no nos ha enviado aun el listado de
condicionantes como es su derecho según convenio de coordinación. Si antes del
próximo viernes 28 a las 14 horas no nos ha enviado los condicionantes, entenderemos
que tales no existen y la RFEF celebrará el sorteo sin ellos.
Le rogamos traslade estos escritos a los Clubes pertenecientes a la Comisión Delegada
de la LNFP, para su conocimiento.
Atentamente

CARTA O CSD E REMITIDA TAMÉN A TEBAS

D. Joaquín de Arístegui
Director General
Consejo Superior de Deportes
Cc/ D. Javier Tebas
Presidente- LNFP
Las Rozas, 24 de agosto de 2020
Estimado Director.
Ponemos en su conocimiento un conjunto de peticiones que se han formulado por parte
de clubes de segunda división, sindicato, etc. y que pese a haberse trasladado a la LNFP
o elevado al CSD no han tenido aún respuesta.
Por un lado, recibimos escrito del Sindicato mayoritario AFE, de 20 de agosto, mediante
el cual se solicita que la Segunda División se amplíe a 26 equipos. Imaginamos, como no
puede ser de otra manera, que esta misma petición el Sindicato AFE la envió también a
la LNFP. (se adjunta copia del escrito).
Si bien el Sindicato manifiesta en su escrito que la ampliación del número de equipos no
implica una modificación del calendario de la temporada 2020/2021 pactado entre el
Sindicado y la LNFP, esta circunstancia se nos antoja imposible, dado que, a mayor
número de equipos, mayor número de partidos y mayor número de jornadas a lo largo
de una temporada salvo que se cambie el modelo de competición realizando subgrupos
lo que alteraría aún más el modelo de competición. Entendemos que esta RFEF no puede
aprobar un calendario de competiciones mientras no exista un acuerdo sobre el mismo
entre el sindicado y la LNFP y vemos imposible este acuerdo con la última petición que
ha realizado el sindicato.
En estas mismas fechas, (21 de agosto) hemos recibido escrito del CD Numancia, que
adjuntamos, en el que se solicita la paralización del calendario y del sorteo de las
competiciones a la espera de la resolución del expediente disciplinario abierto al CF
Fuenlabrada por parte del Comité de Competición y Disciplina de la RFEF.
También tenemos constancia del escrito, de fecha 20 de agosto, del RC Deportivo de La
Coruña ante el CSD, en el que se solicita la medida cautelar de la paralización de la
competición. (se adjunta).
Así mismo, tenemos constancia de la presentación por parte de la LNFP de un conflicto
de competencias ante el TAD.
Desde el punto de vista de la RFEF, este conjunto de circunstancias hace que estemos
ante un conflicto del marco jurídico aplicable que debería ser resuelto por el propio
Consejo Superior de Deportes de manera urgente y previa al inicio de las competicionesno sólo a las competiciones sino también a la aprobación del calendario y la realización
del sorteo- y todo ello, en aplicación de la legislación vigente.
A la ya de por sí compleja situación generada por la diversidad de posicionamientos
entre la LNFP y los clubes mencionados y los recursos presentados por ellos y la propia
LNFP ante diversas instancias, además del cambio de calendario o modelo de
competición que implicaría la petición formulada por el sindicato, debemos añadir un
conjunto de circunstancias que impiden que esta RFEF pueda aprobar el calendario de
la próxima temporada en Primera y Segunda División como sería su deseo.
La RFEF es la entidad, sujeta a la ley del deporte, que rige el conjunto del fútbol español
y, en el contexto de las competiciones de ámbito estatal, tiene la máxima
responsabilidad, en unos casos de forma exclusiva y en otros en coordinación con la
LNFP.
Las competiciones oficiales de ámbito estatal,sean masculinas, sean femeninas, sean de
fútbol 11 o sean de fútbol sala, sean con deportistas profesionales o sin ellos, sean de
edad adulta o sean de jóvenes promesas, todas ellas deben tener la opción de poder
iniciarse y de que se puedan disputar los partidos oficiales.
Son miles los jugadores de fútbol que tienen una relación laboral como deportistas
profesionales en España y son aun más los miles de familias que actualmente viven de
las competiciones oficiales de fútbol y que han de poder seguir viviendo del mismo. De
hecho, son muchos más los/as futbolistas que están en las competiciones organizadas
por la RFEF que en las llamadas categorías profesionales según la ley del deporte de
1990.
Las cifras son claras y deben ser conocidas por el Consejo Superior de Deportes puesto
que son elocuentes. Las divisiones calificadas como profesionales han tenido en torno a
1.000 jugadores con contrato profesional, mientras que en las divisiones que gestiona
directamente la RFEF han tenido mas de 3500 jugadores/jugadoras con contrato
profesional. Todos los jugadores profesionales de fútbol, tanto masculinos como
femeninos, entendemos que tienen el mismo derecho a poder desarrollar su actividad
profesional.
Desde la RFEF entendemos que tanto los jugadores profesionales de la primera división
y segunda división masculina, como de la primera y la segunda división del fútbol
femenino, como de la primera y la segunda división del fútbolsala masculino y femenino
deben poder empezar sus competiciones para desarrollar su profesión.
Las jugadoras de primera y segunda división del fútbol femenino han de tener
exactamente el mismo derecho que los jugadores del fútbol masculino para poder
empezar la competición y desarrollar su profesión. Exactamente lo mismo debemos
decir del fútbol sala.
Las autoridades competentes deben regular el marco jurídico necesario e imprescindible
que permita el inicio de todas las competiciones de ámbito estatal del fútbol español y
no solo de una parte. Mientras ese marco jurídico común no exista no se pueden iniciar
unas competiciones sí y otras, con los mismos derechos, no.
Por estas razones, la RFEF no puede autorizar un calendario de competiciones de los
equipos de primera y segunda división masculina, mientras no se resuelvan los conflictos
planteados por los clubes contra la LNFP, no se resuelva el número de equipos que
deban disputar la Segunda División y, mientras no existan un marco jurídico definido por
las autoridades competentes que permita disputar las competiciones oficiales de fútbol
sin discriminaciones de género, económicas o de otra índole.
La RFEF entiende que el conjunto del fútbol español de ámbito estatal debe poder
iniciarse en fechas similares y, por ello, desde la Federación, no podemos autorizar unos
calendarios de unas competiciones sin que el conjunto de las competiciones del fútbol
de ámbito estatal, puedan empezar en las mismas fechas o, como mínimo, en fechas
similares y para ello, se requiere de un marco jurídico dictado por las administraciones
públicas competentes que lo haga posible.
En el momento en que esté garantizado que el fútbol español en su conjunto pueda
empezar la RFEF podrá estudiar el calendario propuesto por la LNFP y, si procede, dar
su autorización.
A mayor abundamiento, queremos manifestar a esta Dirección General que en los
últimos días hemos recibido presiones constantes y escritos que podrían calificarse de
amenazadores por parte de la LNFP, ya sea por su Presidente o por su Director de
Competiciones, en relación con el sorteo de las competiciones de la primera y la segunda
división.
Queremos transmitirle que esta RFEF no puede tolerar ni aceptar el contenido de dichas
misivas. Dos cosas deben quedar absolutamente claras. Mientras no haya un calendario
aprobado legalmente no habrá sorteo de las competiciones y,segundo, elsorteo lo hará
la RFEF en el momento en que esté aprobado el calendario y no antes.
Queremos dejar constancia que si la LNFP realiza un “simulacro” de sorteo ilegal, el
mismo, no sólo será totalmente inválido, sino que esta RFEF denunciará al Presidente y
al Director de Competiciones de la LNFP ante las autoridades administrativas y ante la
justicia por incumplimiento del marco jurídico vigente, vulneración de Estatutos y
Reglamentos e infracción muy grave del artículo 76, apartado 2, letra a) de la ley del
deporte, pero además denunciará la vulneración de las normas deportivas más
elementales ante la FIFA y la UEFA.
Debe quedar también claro a aquellos clubes que aprueben en el seno de los órganos
de la LNFP el desarrollo de un sorteo “fantasma” e “ilegal” al margen de la RFEF serán
denunciados por la misma RFEF ante los entes deportivos competentes.
El único ente competente para desarrollar el sorteo de la competición es la RFEF y ésta
hará el sorteo de manera inmediata a la aprobación del calendario en el momento en
que el CSD resuelva los conflictos planteados y garantice la posibilidad de iniciar todas
las competiciones oficiales de fútbol de ámbito estatal.
Por último, y en este mismo orden de aspectos y, para el supuesto en que el CSD lo
considerase necesario, la RFEF solicita la autorización prevista en la Orden electoral de
habilitar a la Comisión Gestora de la RFEF para la aprobación del calendario de
competiciones y de las normas y bases de competición de la temporada 2020/2021 si
dicha autorización fuere precisa al entender el CSD que dichos contenidos pudieran
exceder la gestión ordinaria de la federación durante el tiempo de desarrollo del proceso
electoral. A tal fin, la RFEF tiene convocada reunión de la Comisión Gestora para el
próximo día 31 donde deberían poder aprobarse todos estos temas una vez estén
resueltos los aspectos reseñados.

Andreu Camps Povill
Secretario General

 

-Foto e Texto : piratasdemuxia/Diario Marca